Desde el lunes, Pilar deberá restringir actividades entre la 1 y las 6
Así lo decidió la Provincia para los municipios que están en las fases 3 y 4. El transporte público seguirá siendo solo para esenciales. Por reuniones numerosas podría haber multas de más de $3 millones.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso hoy que en los municipios que se encuentren en fases 3 y 4 del distanciamiento social “se suspenderá entre las 1 y las 6 la actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa”, con excepción de “las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales”.
Por esto, Pilar entrará en la medida, ya que es uno de los 109 distritos bonaerenses que se encuentra en fase 4.
Según se informó en un comunicado de prensa difundido esta tarde, el gobierno de Axel Kicillof decidió además “reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos” y “restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales”.
El texto también incita a “reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos”. En este sentido, expresa que “en el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas” de aislamiento o distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las sanciones previstas en el artículo 205 del Código Penal indican que “podrán aplicarse multas de hasta $3.364.000, tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen”.
Otro de los puntas pide “reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas”. Y recuerda que “las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22 a 6”.
De la misma manera, habilita a las autoridades municipales “al control del cumplimiento de la obligación de utilizar tapabocas, previsto en el Decreto N° 255/2020 y modificatorios, y la aplicación de las multas correspondientes”.
El martes, en tanto, se actualizarán las disposiciones en base a la nueva situación epidemiológica y sanitaria de la provincia y sus 135 distritos.